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AYUDAS PARA REHABILITACIÓN - CONSEJO DE MINISTROS




    Referencia:

    Impulso a la rehabilitación de vivienda

     

    El Real Decreto Ley, aprobado por el Consejo de Ministros el día 9 de Abril, incluye un conjunto de reformas destinadas a recuperar la actividad en el sector de la construcción por la vía, fundamentalmente del impulso fiscal a la rehabilitación de viviendas, contribuyendo además a la eficiencia y ahorro energético y propiciando incrementos en los niveles de empleo y actividad de un sector especialmente afectado por la crisis.

    Dentro de este capítulo se incluye la creación de una nueva deducción temporal en el IRPF por las obras de mejora en la vivienda habitual que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2012, siempre que tengan por objeto, entre otros, la mejora de la eficiencia energética, la sustitución de instalaciones de suministros o la creación de infraestructuras que favorezcan la accesibilidad. Permitirá deducirse el 10 por 100 de las cantidades invertidas, con un límite máximo anual de cuatro mil euros, a los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 33.007 euros, y se reducirá progresivamente hasta los 53.007,20 euros de base imponible. El límite durante todos los años de vigencia de la norma es de doce mil euros por vivienda.

     

    Deducción extraordinaria en el IRPF por obras de mejora en la vivienda habitual.

    – Para obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012.

    – Eficiencia energética, sociedad de la información y accesibilidad.

    – Hasta un 10% de la inversión con una base máxima de deducción de 4.000 € anuales (un máximo de 12.000 € por vivienda durante los años de aplicación de la deducción). Las cantidades no deducidas en el ejercicio por exceder de la base máxima de deducción podrán ser deducidas en los cuatro ejercicios siguientes.

    • Ampliación del concepto de rehabilitación estructural y aplicación del tipo reducido del IVA para todo tipo de obras de mejora y rehabilitación.

    – Incluye todo tipo de obras, no sólo las de albañilería.

    – Tipo reducido para obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012.

    Los precios mostrados incluyen IVA. Si tiene cualquier duda sobre nuestros productos puede ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 986 507 182 o bien mediante correo electrónico pinchando aquí